Edicto 3136/2026 - BOPMA
BOPMA
Boletín Oficial de la Provincia
de Málaga
Edicto 3136/2026
NOTA IMPORTANTE: este texto se muestra aquí sólo con fines de consulta. Su original en formato PDF, publicado el día 1 de septiembre de 2026, es el único que cuenta con validez a efectos legales. Puede descargarse desde el siguiente enlace: 20260901-03136-2026-00.pdf.
Esc
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 168 Martes, 1 de septiembre de 2026 Página 13
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASARES
Por la presente; se pone en conocimiento el acuerdo de Junta de Gobierno, de fecha 30 de
julio de 2026, de la convocatoria de las bases para la selección de personal laboral de tres plazas
de Técnico/a Auxiliar de Educación Infantil y creación de bolsa de trabajo, mediante concur-
so-oposición, incluidas en la Oferta de Empleo Público 2026, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
BASES PARA LA SELECCIÓN DE TÉCNICO/A AUXILIAR DE EDUCACIÓN
MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN
Primera. Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria, la selección mediante concurso-oposición libre, de
tres plazas de Técnico/a Auxiliar de Educación, en régimen laboral fijo, vacantes en la plantilla
de personal de este Ayuntamiento de Casares, incluida en la oferta de empleo público de 2026,
aprobada por Junta de Gobierno Local, de fecha 25 de marzo de 2026, publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia de Málaga de fecha 7 de abril de 2026 y modificada y publicada con
fecha 7 de mayo de 2026, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.
La clasificación de la plaza es la siguiente:
DENOMINACIÓN DE LA PLAZA TÉCNICO/A AUXILIAR DE EDUCACIÓN
RÉGIMEN PERSONAL LABORAL FIJO
UNIDAD/ÁREA PROMOCIÓN ECONÓMICA Y SERVICIO AL CIUDADANO. SECCIÓN DE
EDUCACIÓN
TITULACIÓN EXIGIBLE
TÍTULO TÉCNICO SUPERIOR EDUCACIÓN INFANTIL O EQUIVALENTE.
NÚMERO DE VACANTES 3
FUNCIONES ENCOMENDADAS
• INTERVENIR EDUCATIVAMENTE Y EVALUAR PROGRAMAS
DE ATENCIÓN A LA INFANCIA APLICANDO LOS MÉTODOS DE
ENSEÑANZA APRENDIZAJE QUE FAVOREZCAN EL DESARROLLO
AUTÓNOMO DE LOS NIÑOS Y NIÑAS, ORGANIZANDO LOS
RECURSOS ADECUADOS A SU EDAD.
• CONTRIBUIR AL DESARROLLO INTEGRAL DEL NIÑO/A:
COGNITIVO, DEL LENGUAJE, PSICOMOTOR Y AFECTIVO.
• MANTENER A LOS ALUMNOS/AS EN LAS CONDICIONES
ADECUADAS DE HIGIENE PERSONAL.
• PREPARAR, DESARROLLAR Y EVALUAR LA RUTINA DIARIA DE
ACTIVIDADES. ACTIVIDADES DISEÑADAS AL DESARROLLO DE
HÁBITOS Y AUTONOMÍA Y A LA ATENCIÓN DE NECESIDADES
BÁSICAS.
• PROPORCIONAR ALIMENTACIÓN Y ENSEÑAR A LOS ALUMNOS A
COMER POR SÍ MISMOS. PROMOVER HÁBITOS DE ORDEN, HIGIENE
Y ALIMENTACIÓN.
• COLABORAR EN MANTENIMIENTO DEL ORDEN, LIMPIEZA Y LAS
CONDICIONES HIGIÉNICAS DEL AULA.
• ORGANIZACIÓN, PROGRAMACIÓN Y SUPERVISIÓN DE
UNIDADES EDUCATIVAS Y LÚDICAS (EXCURSIONES Y SALIDAS,
CUMPLEAÑOS, NAVIDAD, FIN DE CURSO…).
• EVALUAR LOS PROGRESOS DE LOS ALUMNOS MEDIANTE LA
OBSERVACIÓN DIRECTA Y EL ESTABLECIMIENTO DE PRUEBAS.
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FUNCIONES ENCOMENDADAS
• SUPERVISIÓN ANTES Y DESPUÉS DE LA LLEGADA DE LOS NIÑOS AL
CENTRO DE LOS ACCESOS Y SALIDAS, SISTEMAS DE SEGURIDAD,
PUERTAS, DEL MATERIAL NECESARIO Y/O DE USO DIARIO.
• ORGANIZACIÓN PARA QUE LOS ALUMNOS TRABAJEN TODOS
LOS OBJETIVOS FIJADOS PREVIAMENTE, SIGUIENDO LA
PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES.
• COLABORAR CON LA DIRECCIÓN DE LA ESCUELA E INFORMAR A
LAS FAMILIAS SOBRE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.
• REALIZAR FUNCIONES DE APOYO EN OTRA UNIDAD CUANDO ASÍ
SE REQUIERA.
• OTRAS FUNCIONES PERTENECIENTES A SU CATEGORÍA
PROFESIONAL QUE, POR DISPOSICIÓN DEL SUPERIOR JERÁRQUICO,
CONCEJALÍA, ALCALDÍA O NORMATIVAS VIGENTES SEAN
ATRIBUIDAS.
• CUANTAS OTRAS SEAN PROPIAS DE LA PLAZA, Y LAS QUE SE
ESTABLEZCAN EN LAS NORMAS DE APLICACIÓN PROFESIONAL
DEL OCUPANTE DEL PUESTO.
• CUALESQUIERA RELACIONADAS CON LAS ANTERIORMENTE
DESCRITAS.
• RECEPCIÓN, ENTREGA, VIGILANCIA Y CUIDADO DE NIÑOS.
• MANTENIMIENTO DE JUGUETES Y CONTROL DE BOTIQUÍN.
• EN CASO DE SER NECESARIO Y BAJO AUTORIZACIÓN DEL
SUPERIOR Y DE LOS TUTORES LEGALES, LLEVAR A ALGÚN
ALUMNO/A A SU CASA POR ENFERMEDAD.
• REALIZAR ACTIVIDADES DE REFUERZO EN OTRAS AULAS Y/O
CENTROS.
SISTEMA SELECTIVO CONCURSO-OPOSICIÓN
Con el objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una
dificultad perturbadora añadida a la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar
expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante,
funcionario, etc., debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.
Segunda. Modalidad del contrato
La modalidad del contrato que se formalizará con el aspirante seleccionado es la de perso-
nal laboral de carácter fijo a tiempo completo.
La jornada de trabajo será de 35 horas semanales, fijando como días de descanso sábados
y domingos, salvo necesidades del servicio en casos excepcionales.
Se fija una retribución bruta mensual de 2.170,70 euros mensuales, con dos pagas extras
de 2.048,49 euros brutas cada una.
Tercera. Condiciones de admisión de aspirantes
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos estable-
cidos en el artículo 106 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, sin
perjuicio de lo regulado en la legislación básica estatal de aplicación directa al régimen específi-
co de la función pública local:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la
Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubila-
ción forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de
jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funciona-
rio, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
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laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida: Técnico/a Superior Educación Infantil o equivalente.
f) Carecer de antecedentes penales procedentes de delitos de naturaleza sexual.
Equivalencia de títulos: Corresponde a la autoridad académica competente declarar la
equivalencia de títulos. Los títulos extranjeros deberán estar debidamente convalidados
en la fecha de finalización de presentación de solicitudes, y su acreditación correspon-
derá a los aspirantes interesados.
g) Haber abonado la tasa correspondiente para el acceso a la convocatoria de conformidad
con lo dispuesto en las ordenanzas fiscales vigentes de este ayuntamiento.
(Estos requisitos deberán poseerse como fecha límite el último día del plazo de presenta-
ción de instancias, y mantenerse en el momento de la formalización del contrato laboral).
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias
Primero. Las solicitudes (anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas
de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las pre-
sentes bases generales para la plaza que se opte; se dirigirán a la Alcaldía-Presidente del Ayun-
tamiento de Casares, se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento
o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente de la publicación de anuncio de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo termina-
se en día inhábil.
Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de
Málaga y en el tablón de edictos inserto en la sede electrónica del Ayuntamiento.
A la solicitud deberá unirse la siguiente documentación, en el orden siguiente:
• Fotocopia del documento nacional de identidad. Las personas a que hace referencia el
artículo 57.2 de la Ley por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Públi-
co, deberán presentar fotocopia del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de
haber solicitado la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros o del resguardo
de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta de identidad de
extranjeros.
De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos
por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declara-
ción jurada o promesa, del español o del nacional de otro Estado miembro de la Unión
Europea, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de
que el aspirante es menor de veintiún años o mayor de dicha edad dependiente.
• Fotocopia de la titulación exigida. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a
los exigidos, habrán de aportar la disposición legal en que se reconozca tal equivalen-
cia, o en su caso, aportar certificado del órgano competente en tal sentido. Para titula-
ciones extranjeras documentación acreditativa de la homologación oficial de la misma.
• Certificado negativo de delitos de naturaleza sexual.
• Informe de vida laboral actualizado, expedido por la Tesorería General de la Seguridad
Social.
Los servicios prestados en otras Administraciones se acreditarán mediante certificado
de secretaría, (anexo I) y los prestados en el sector privado se acreditarán mediante cer-
tificación de la dirección, gerencia o autónomo responsable, de la empresa para la que
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trabajó (firmado por el responsable de la misma), al que se acompañará el oportuno
contrato de trabajo nómina, o, en defecto, cualquiera en el que se haga constar la cate-
goría desempeñada.
Aquella experiencia, que no se pueda demostrar mediante contratos, o certificados, no
será valorada.
• Resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de las tasas por derechos de exa-
men que (recogido en el artículo 4 de la tasa municipal número 48 de derechos de exa-
men) que ascienden a 40,00 euros.
• Copia de toda la documentación acreditativa de los méritos para valorar en la fase con-
curso.
En el supuesto de no entregarse en el plazo de presentación de solicitudes la documenta-
ción acreditativa para la fase de concurso, la misma, no se podrá entregar a posteriori, y no será
valorada.
Segundo. Forma de pago
Conforme al contenido de la Ordenanza Fiscal número 48, Reguladora de la Tasa por
Derechos de Examen para Acceso al Empleado Público, publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia número 224, del 22 de noviembre de 2013, será de 40,00 euros, existen los siguientes:
beneficios fiscales
• Estarán exentas del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
• Gozarán de una bonificación del 50 % las personas que participen en procesos de fun-
cionarización y promoción interna.
• Gozarán de una bonificación del 50 % en el pago de la tasa los sujetos pasivos miem-
bros de familia numerosa que acreditarán con título suficiente.
• Las bonificaciones de los apartados 2 y 3 no serán acumulables.
Tercero. pago obligatorio por el portal tributario
Se cumplimentará el formulario y se realizará el pago de la tasa en línea a través de la
plataforma: Portal Tributario de Casares, en la dirección https://portaltributariocasares.malaga.es
siguiendo los siguientes pasos:
1. Autoliquidaciones.
2. 014. Expedición de documentos.
3. Seleccionar tarifa: Tasa derecho a examen para acceso al empleado público.
4. Realizar el pago directamente a través del correspondiente botón o imprimiendo formu-
lario y pagando en las oficinas de Unicaja, La Caixa o Banco de Santander.
5. Guardar el justificante de pago y adjuntarlo a la solicitud de la plaza.
En el concepto del ingreso o transferencia deberá figurar: “Técnico/a Auxiliar Educación y
el nombre del aspirante”.
Para ser admitido en el proceso selectivo los aspirantes deberán presentar, además de la
solicitud de participación, resguardo de abono de la tasa por derechos de examen.
El hecho de no abonar la tasa durante el plazo de presentación de solicitudes determinará
la inadmisión de la persona aspirante al proceso selectivo, siendo defecto no subsanable.
No procederá devolución alguna de la tasa en los supuestos de exclusión del procedimien-
to selectivo por cualquier motivo, a excepción de que se constate abono de mayor cuantía a la
exigida, que se procederá a la devolución de la parte correspondiente.
Cuarto. igualdad de condiciones
De acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/5015, de 30
de octubre, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, en concordancia con
lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su
Inclusión Social, en la presente convocatoria serán admitidas las personas con discapacidad en
igualdad de condiciones que los demás aspirantes.
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Las personas aspirantes con discapacidad, deberán presentar certificación expedida por el
órgano competente de la comunidad autónoma o de la Administración del Estado, que acredi-
te tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a la plaza
objeto de la presente convocatoria.
El tribunal de selección establecerá, para las personas con discapacidad que así lo solici-
ten, las adaptaciones posibles, de tiempo y medios, para la realización de las pruebas.
A tal efecto, las personas interesadas deberán presentar la petición correspondiente en
la solicitud de participación en la convocatoria. Los aspirantes quedan vinculados a los datos
que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación
mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de solicitu