Materias Comunes
Tema 1. La Constitución española de 1978. Características y estructura. Preámbulo y Título Preliminar. Principios Constitucionales y Valores Superiores. Los Derechos y Deberes fundamentales: su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. La Reforma de la Constitución.
Tema 2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados/as y el Senado. El Gobierno. El Poder Judicial. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
Tema 3. La Organización Territorial del Estado Español. Distribución de las competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: Derechos y deberes. Competencias.
Tema 4. La Administración Local: Regulación jurídica y Entidades que comprende. El Municipio. Concepto y elementos. La organización municipal. El Ayuntamiento: órganos de gobierno. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: constitución, convocatoria, sesiones, orden del día y votaciones. Competencias municipales. La Provincia: organización y competencias.
Tema 5. La potestad reglamentaria de las entidades locales: Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 6. Las Haciendas Locales. Los ingresos: clasificación. Los tributos de las Entidades Locales: impuestos, tasas y contribuciones especiales.
Tema 7. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. La eficacia del acto administrativo: la notificación y la publicación. La ejecutoriedad de los actos administrativos. La invalidez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad.
Tema 8. El procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Los principios generales. Los interesados. Derechos del interesado en el procedimiento. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia.
Tema 9. Fases del procedimiento. Formas de terminación. La obligación de resolver. El silencio administrativo. Los recursos administrativos. La revisión de actos administrativos en vía administrativa. Las especialidades del procedimiento administrativo común.
Tema 10. La regulación de la Administración en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Disposiciones generales y principios generales y principios de intervención. Especial mención al funcionamiento electrónico del sector público.
Tema 11. El personal al servicio de las Corporaciones Locales de Andalucía. Clases de empleados públicos. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Adquisición y pérdida de la relación de servicios. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades. Carrera administrativa, provisión de puestos y retribuciones. La evaluación del desempeño.
Tema 12. El personal al servicio de las Corporaciones Locales de Andalucía: Los instrumentos de organización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización. Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario en el Ayuntamiento de Ronda.
Tema 13. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título Preliminar: Objeto y ámbito de la ley. Título I: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Título II: Políticas públicas para la igualdad. Título IV: El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.
Tema 14. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales en España. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Particularidades en la aplicación en las Administraciones locales. La Coordinación de Actividades Empresariales en el ámbito de las Administraciones Locales. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
Materias específicas
Tema 15. Principios de intervención en la ciudad consolidada: espacio público, infraestructura verde, movilidad sostenible y resiliencia climática en la Agenda Urbana Ronda 2030.
Tema 16. La Ley de Contratos del Sector Público: título preliminar. Delimitación de los tipos contractuales. Los contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.
Tema 17. Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos. Plazos de duración de los contratos y de ejecución de la prestación. Perfección y forma del contrato. Régimen de invalidez. El recurso especial en materia de contratos. Partes en el contrato: órgano de contratación, capacidad y solvencia del empresario. Aptitud para contratar con el sector público. Acreditación de la aptitud para contratar.
Tema 18. Objeto del contrato. Presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación pública. El órgano de contratación en la Administración Local.
Tema 19. La preparación de los contratos de las Administraciones Públicas: el expediente de contratación y los pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas. La adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: normas generales y procedimiento de adjudicación.
Tema 20. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Ejecución, modificación, suspensión y extinción de los contratos. La subcontratación pública.
Tema 21. El contrato de obras: actuaciones preparatorias. Clasificación de las obras, contenido de los proyectos. Supervisión y replanteo de proyectos. La clasificación de empresas contratistas de obras: grupos, subgrupos y categorías.
Tema 22. El contrato de obras: cumplimiento y extinción (I). Programa de trabajo, mediciones, relaciones valoradas y certificaciones. Abonos a cuenta por materiales acopiados. Abonos a cuenta por instalaciones y equipos.
Tema 23. El contrato de obras: cumplimiento y extinción (II). Modificación del contrato de obras, cumplimiento y resolución. Exceso de mediciones e inclusión de precios nuevos fijados contradictoriamente.
Tema 24. El contrato de servicios: disposiciones generales, ejecución y resolución. El concurso de proyectos.
Tema 25. El régimen del suelo: clasificación del suelo y ordenación legal de directa aplicación. El régimen de las actuaciones de transformación urbanística.
Tema 26. Régimen de los usos y actividades en suelo rústico, según la Ley 7/2021, de 1 de diciembre y su desarrollo reglamentario.
Tema 27. La ordenación urbanística en Andalucía. Disposiciones generales. Instrumentos de ordenación urbanística general. Instrumentos de ordenación urbanística detallada. Instrumentos complementarios.
Tema 28. La situación transitoria del planeamiento urbanístico tras la entrada en vigor de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA): aplicación de la ley tras su entrada en vigor; vigencia, innovación y adaptación de los planes e instrumentos vigentes; planes e instrumentos en tramitación.
Tema 29. Proyecto de Urbanización. Recepción de las obras de urbanización. La conservación de las obras de urbanización.
Tema 30. La actividad de edificación. La ejecución de las obras de edificación. Medios de intervención Administrativa sobre la actividad de edificación.
Tema 31. La conservación y rehabilitación de las edificaciones. Órdenes de ejecución de obras de conservación y mejora. Situación Legal de Ruina Urbanística: Procedimiento. Efectos de la declaración de ruina.
Tema 32. La ejecución por sustitución por incumplimiento de los deberes de edificación, rehabilitación y conservación. La ruina física inminente.
Tema 33. Las licencias urbanísticas: Tipología. Actos sujetos. Actos que no requieren licencia. Licencias por fases y parciales. Eficacia temporal y caducidad de las licencias.
Tema 34. Procedimiento de otorgamiento de Licencias Urbanísticas: Competencia. Normas generales sobre el procedimiento. Inicio del procedimiento. Visado. Subsanación de solicitudes. Informes. Resolución y plazo de resolución. Usos y obras de carácter provisional.
Tema 35. Las declaraciones responsables y comunicaciones previas: concepto y normas generales. Actos sujetos a declaración responsable. Actos sujetos a comunicación previa. Eficacia temporal y caducidad de las declaraciones responsables.
Tema 36. Actos de edificación promovidos por las Administraciones Públicas.
Tema 37. La disciplina urbanística: potestades administrativas. La potestad inspectora.
Tema 38. Restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística.
Tema 39. El régimen sancionador: disposiciones generales. Las infracciones urbanísticas. Las personas responsables. La prescripción de infracciones y de sanciones.
Tema 40. Régimen de las edificaciones irregulares en situación de asimilado a fuera de ordenación.
Tema 41. La Ley de Ordenación de la Edificación. Documentación de inicio, seguimiento y finalización de obras.
Tema 42. El Código Técnico de la Edificación: Parte I. Contenido de los Proyectos.
Tema 43. Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.
Tema 44. Disposiciones específicas de seguridad y salud durante las fases de proyecto y ejecución de las obras según el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
Tema 45. El régimen de valoraciones del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Tema 46. La valoración del suelo en situación básica de urbanizado según el Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre.
Tema 47. Régimen general de conservación y protección de los bienes del Registro General del Patrimonio Cultura de Andalucía.
Tema 48. El patrimonio cultural en los instrumentos de ordenación del territorio, urbanística y de evaluación ambiental. Catálogos de los ayuntamientos.
Tema 49. Vías pecuarias. Tipología y características de los bienes pecuarios. Delimitación, protección y utilización del dominio público de las vías pecuarias. Vías pecuarias y planeamiento urbanístico y territorial.
Tema 50. Los instrumentos de prevención ambiental según la Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía. Actuaciones sometidas a Licencia Ambiental y Declaración Responsable de los Efectos Ambientales en categoría de Otros proyectos.
Tema 51. Las normas generales de edificación en el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Ronda. La regulación de los usos.
Tema 52. Las normas del suelo urbano en el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Ronda.
Tema 53. Las normas del suelo no urbanizable en el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Ronda. Disposiciones transitorias del PGOU de Ronda: edificación disconforme con las normas reguladoras.
Tema 54. Innovación del PGOU con contenido de protección del Conjunto Histórico de Ronda (I). Los sistemas generales. Protección del patrimonio histórico y cultural: los elementos y espacios urbanos, el patrimonio natural y el paisaje urbano.
Tema 55. Innovación del PGOU con contenido de protección del Conjunto Histórico de Ronda (II). Normas generales de la urbanización. Protección ambiental.
Tema 56. El Catálogo de Protección de Ronda: Bienes de Interés Cultural y Bienes de Catalogación general.
Tema 57. Orden de 12 de febrero de 2025, por la que se delega al Ayuntamiento de Ronda (Málaga) la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen o ejecuten el planeamiento de protección en el ámbito del Conjunto Histórico de Ronda (Málaga).
Tema 58. Ordenanza reguladora de las normas técnicas de diseño y calidad de las edificaciones residenciales de Ronda: condiciones higiénicas mínimas y de diseño de vivienda.
Tema 59. Ordenanza municipal reguladora de los residuos de construcción y demolición del Ayuntamiento de Ronda: objeto, fines, ámbito de aplicación, definiciones, principios ambientales, fianza.
Tema 60. Ordenanza municipal de la declaración responsable en materia urbanística. Disposiciones generales. Presentación y obligaciones de las declaraciones responsables. Declaración responsable de obras e infraestructuras. Declaración responsable de ocupación o utilización. Declaración responsable de cambio de uso. Control de las actuaciones declaradas. Las obras de escasa entidad constructiva y sencillez técnica.
Edicto 3182/2026 - BOPMA
BOPMA
Boletín Oficial de la Provincia
de Málaga
Edicto 3182/2026
NOTA IMPORTANTE: este texto se muestra aquí sólo con fines de consulta. Su original en formato PDF, publicado el día 28 de agosto de 2026, es el único que cuenta con validez a efectos legales. Puede descargarse desde el siguiente enlace: 20260828-03182-2026-00.pdf.
Esc
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 166 Viernes, 28 de agosto de 2026 Página 31
ADMINISTRACIÓN LOCAL
RONDA
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Mediante Decreto 2026-3791 de 4 de agosto de 2026, se aprobaron la convocatoria y las
bases específicas reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión de dos plazas de perso-
nal funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición, de Arquitecto/a Técni-
co/a, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Técnica Media, subgrupo
A2, vacantes en la plantilla de personal, e incluida en la oferta de empleo público de 2024, de
acuerdo con las siguientes bases específicas:
ANEXO OEP
CONVOCATORIA DE DOS PLAZAS DE ARQUITECTO/A TÉCNICO/A, TURNO LIBRE MEDIANTE
EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN
1. Objeto
Es objeto de la presente convocatoria la provisión de dos plazas de personal funcionario de
carrera, mediante el sistema de concurso-oposición, de Arquitecto/a Técnico/a, encuadrada en la
escala de Administración Especial, subescala Técnica Media, subgrupo A2, vacantes en la plan-
tilla de personal, e incluidas en la ofertas de empleo público de los años 2024.
DENOMINACIÓN OEP SUBGRUPO PLAZAS ACCESO PROCEDIMIENTO CÓDIGO
ARQUITECTO/A
TÉCNICO/A 2024 A2 2 LIBRE CONCURSO-
OPOSICIÓN
“ARQTE/151/003F”
“ARQTE/151/004F”
2. Regulación: Bases generales y bases específicas
El proceso selectivo se ajustará a las bases generales aprobadas por Decreto 4531/2017,
de 22 de diciembre, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 33, de
15 de febrero, modificadas por el Decreto 2018/0769, de 2 de marzo, publicadas en el Boletín
Oficial de la Provincia de Málaga número 53, de 16 de marzo, y a lo específicamente señalado
en el presente anexo que contiene las bases específicas, que prevalecerán a lo establecido en las
bases generales.
3. Requisitos específicos
Estar en posesión de la titulación de grado en Arquitectura Técnica o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
4. Solicitudes
Los aspirantes deberán dirigir sus solicitudes, manifestando que reúnen todos los requisi-
tos exigidos, a la titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Ronda, en el plazo de
diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado, preferentemente en el modelo normalizado de solicitud habilitado al efecto
en la dirección http://ronda.sedelectronica.es.
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Quienes estén en posesión de certificado digital, podrán realizar la presentación de la soli-
citud por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ronda, cuya dirección es:
http://ronda.sedelectronica.es.
Quienes no opten por la vía telemática, podrán cumplimentar electrónicamente el modelo
de solicitud en la página http://ronda.sedelectronica.es, pero deberán entregarlo impreso y firma-
do en el Registro General, sito en el Servicio de Atención Ciudadana, plaza Duquesa de Parcent,
número 3, en horario de atención al público o por cualquiera de las formas previstas en la nor-
mativa sobre procedimiento administrativo común.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre
abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas dentro
del plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han
tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento, en la fecha en que fueron entregadas en
la oficina de Correos. En todo caso requerirá su presentación en tiempo y forma.
5. Derechos de examen
Para ello deberán realizar el pago de derecho de examen mediante autoliquidación acce-
diendo a página web Ayuntamiento de Ronda https://ayuntamientoronda.es/, apartado “Pago
online tributos municipales”, “Autoliquidación”, “Tasa por derecho de examen,”, “Cuota tribu-
taria” grupo A2: 37,64 euros, indicando en el concepto “plaza Arquitecto/a Técnico/a ”.
6. Categoría tribunal
A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemni-
zaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la
categoría primera.
7. Procedimiento de selección: Concurso-oposición
7.1. Fase de concurso
Se ajustará a lo establecido en el siguiente baremo (prevaleciendo a la base 7.1 de las
bases generales de la convocatoria).
La puntuación obtenida en la fase de concurso solo será tenida en cuenta en el supuesto de
que se haya superado la fase de oposición. En tal caso, la puntuación otorgada en la fase de con-
curso, (que será como máximo 9 puntos), se adicionará a la obtenida en la fase oposición.
La puntuación máxima que podrán alcanzar los/as aspirantes en la fase de concurso será
de 9 puntos. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para
superar las pruebas de la fase de oposición.
7.1.1. AutobAremAción
En relación con la fase de concurso, los aspirantes deberán proceder a la autobaremación
de sus méritos en el plazo de presentación de solicitudes. Dicho sistema se ajustará a las siguien-
tes normas: Se procederá a la cumplimentación por cada aspirante del formulario de autobare-
mación que figura en el modelo correspondiente.
La documentación justificativa deberá presentarse mediante originales o copias debidamen-
te compulsadas o cotejadas conforme al artículo 158 del Reglamento de Organización y Funcio-
namiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales. Solo se valorarán aquellos méritos
que hayan sido alegados mediante la autobaremación, justificados en el plazo citado en este apar-
tado, y adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El tribunal calificador procederá a la verificación de la autobaremación presentada por
aquellos aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición. En el proceso
de verificación el tribunal comprobará que los méritos han sido debidamente alegados, justifica-
dos documentalmente y que guardan relación directa con la plaza, comprobando las operaciones
aritméticas correspondientes, validando o en su caso, rectificando la puntuación del autobaremo.
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Terminado el proceso de verificación de la autobaremación, el tribunal hará pública
el resultado de la misma con las calificaciones correspondientes a la fase de concurso. Contra
dicho acuerdo, podrán formularse alegaciones por los interesados dentro del plazo de diez días
hábiles siguientes a la fecha de publicación del anuncio. Finalizado dicho plazo, el tribunal cali-
ficador procederá al examen de las alegaciones presentadas y a la resolución de las mismas.
7.1.2. bAremo de méritos
7.1.2.1. méritos proFEsionalEs, hasta un máximo de 4 puntos
La experiencia laboral se deberá acreditar presentando certificación de la Administración
pública u organismo público correspondiente, donde se haya prestado servicios en la que conste
naturaleza del vínculo, denominación del puesto, con expresión del tiempo desempeñado.
Se valorará conforme la siguiente distribución:
Por cada mes completo de servicios, o fracción igual o superior a quince días, de servi-
cios en la Administración local y sus organismos autónomos, prestados en plaza igual a
la convocada: 0,15 puntos.
Por cada mes completo de servicios, o fracción igual o superior a quince días, en las
restantes Administraciones públicas territoriales y sus organismos autónomos, presta-
dos en plaza igual a la convocada: 0,10 puntos.
Los servicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente.
No serán tenidos en cuenta otros servicios que no hayan sido prestados bajo una rela-
ción de carácter funcionarial o contractual laboral.
7.1.2.2. méritos dE Formación, hasta un máximo de 3 puntos
Los cursos, jornadas y seminarios, siempre que se encuentren relacionados con la plaza
a la que opta e impartidos por organismos oficiales (administraciones publicas territoriales, sus
organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes de las mismas, universida-
des, colegios profesionales, federaciones de municipios y provincias, y organizaciones sindica-
les que la impartan en virtud de acuerdo con alguna/as de las anteriores entidades), se valorarán
de acuerdo a la siguiente proporción:
– De 8 a 20 horas de duración: 0,20 puntos.
– De 21 a 29 horas de duración: 0,30 puntos.
– De 30 a 39 horas de duración: 0,40 puntos.
– De 40 a 69 horas de duración: 0,70 puntos.
– De 70 a 99 horas de duración: 0,90 puntos.
– De 100 a 119 horas de duración: 1,20 puntos.
– De 120 horas de duración en adelante: 1,50 puntos.
Se acreditarán mediante certificado, título o diploma expedido por el organismo que
impartió el curso, con indicación del número de horas de duración.
Los cursos de duración inferior a ocho horas, aquellos en los que no se justifique adecua-
damente el número de horas, así como aquellos en lo no conste claramente la entidad que los
organiza, no serán valorados. La participación del aspirante como ponente en los cursos referi-
dos anteriormente se calificará con el doble de la puntuación expresada.
No se valorarán como méritos de formación los cursos y titulaciones que se aporten por el
aspirante como requisito para participar en la convocatoria.
7.1.2.2. ExámEnEs dE oposición aprobados, hasta un máximo de 2 puntos
Por haber superado algún ejercicio, de carácter teórico o práctico, en pruebas de acceso,
mediante oposición o concurso-oposición, a plazas como funcionario de carrera o interino o per-
sonal laboral en la categoría profesional de arquitecto técnico:
1) 0,50 puntos por cada ejercicio aprobado en la misma o diferente convocatoria en Admi-
nistraciones públicas locales.
2) 0,25 puntos por cada ejercicio aprobado en la misma o diferente convocatoria en cual-
quier otra Administración pública.
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7.2. Fase de oPosición
Se ajustará a lo establecido en las bases 7.3, 8 y 9 de las bases generales de la convocato-
ria, no siendo de aplicación las previsiones de la base 7.3.2, desarrollándose los ejercicios como
a continuación se describe:
a) primEr EjErcicio (tEórico)
De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los/as aspirantes. Consistirá en la realiza-
ción de una prueba escrita tipo test, comprensiva de 100 preguntas con 4 respuestas alternativas,
sobre el contenido del temario, se calificará de 0 a 10 puntos. Las respuestas incorrectas penaliza-
rán la cuarta parte del valor de las correctas y las dejadas en blanco no restan. El tiempo máximo
de realización será dos horas. El tribunal añadirá al cuestionario 5 preguntas adicionales de reser-
va en previsión de posibles anulaciones que, en su caso sustituirán por su orden a las anuladas.
nota dE cortE: Para superar este primer ejercicio teórico será necesario obtener una nota
igual o superior a 5 puntos, no obstante el tribunal queda facultado para la determinación el
nivel mínimo exigido como nota de corte, teniendo en cuenta el número de participantes pre-
sentados al ejercicio, su dificultad y el número de plazas ofertadas. Dicha nota de corte se hará
pública una vez puntuada la prueba y con anterioridad a la identificación de los aspirantes.
b) sEgUndo EjErcicio (práctico)
De carácter obligatorio y eliminatorio. Solo los/as aspirantes que hayan superado el primer
ejercicio podrán realizar el segundo (práctico). Consistirá en una prueba práctica basada en el
contenido del temario específico y/o en las funciones y tareas asignadas al puesto de trabajo,
compuesta por uno o varios supuestos con cuestiones a los que los aspirantes deberán responder
en la forma en la que se les indique. El ejercicio tendrá un duración máxima de dos horas.
Previamente a la realización del ejercicio, el tribunal anunciará en el tablón de anuncios
y la web municipal el posible uso de legislación, calculadora u otro material específico para el
desarrollo de la prueba, así como la fecha de comienzo de la lectura del ejercicio.
Criterios de corrección. El tribunal valorará:
– La capacidad de análisis del problema o problemas propuestos y el grado de compren-
sión para afrontarlo.
– El enfoque planteado para su resolución.
– La estrategia seguida.
– La capacidad y claridad redactora y expositiva.
– El rigor técnico.
– La oportunidad y calidad de los conocimientos generales y específicos aportados y la
capacidad de relacionar los mismos.
– Correcto uso e interpretación de la normativa de aplicación.
Se calificará de 0 a 10 puntos, debiendo los aspirantes alcanzar al menos 5 puntos para
superarlo.
El ejercicio deberá ser leído por el candidato ante el tribunal en la fecha en que este señale,
y si el tribunal lo considera procedente, podrá formular preguntas al aspirante sobre aspectos del
ejercicio realizado. No se valorarán los ejercicios de los aspirantes que no concurran a la lectura
de los mismos.
8. Calificación provisional
Tras la calificación de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal hará
público los resultados provisionales obtenidos por los aspirantes que los hayan superado, pudien-
do conceder un plazo de cinco días para la presentación de alegaciones contra los mismos.
Asimismo, concluida la valoración de los méritos de la fase de concurso, el tribunal hará
pública las calificaciones provisionales de los mismos, pudiendo conceder un plazo de cinco días
para la presentación de alegaciones contra los mismos.
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9. Declaración de aprobados
9.1. pUntUación global dE la FasE concUrso-oposición
La puntuación obtenida en la fase de concurso solo será tenida en cuenta en el supuesto
de que se haya superado la fase de oposición. En tal caso, la puntuación otorgada en la fase de
concurso, (que será como máximo 9 puntos), se adicionará a la obtenida en la fase oposición,
(suma de la puntuación obtenida en el primer y segundo ejercicio de la oposición, siempre que
hayan superado cada uno de ellos). La cifra resultante es la que deberá ser tenida en cuenta para
determinar la relación de candidatos que han aprobado la convocatoria por orden decreciente de
puntuación y que propondrá el tribunal