Andalucía

Subalternos/as - Ayuntamiento de Torrox

Andalucía Torrox 2026-08-31

Plazas

Se cubrirán 8 plazas en el proceso selectivo.

Datos de la convocatoria

Convocatoria por turno libre, mediante concurso-oposición y tramitación por urgencia. Se crea bolsa de trabajo de funcionarios/as interinos/as. Plazo de presentación: veinte días hábiles desde la publicación en el BOE. Derechos de examen: 25 euros. Fase de oposición: 2 ejercicios (test de 40 preguntas y supuesto práctico). Fase de concurso: experiencia, titulación y formación.

Requisitos de participación

Nacionalidad española o requisitos del artículo 57 del TREBEP; tener 16 años cumplidos y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa; capacidad funcional para el puesto; no haber sido separado/a del servicio ni hallarse inhabilitado/a; no estar incurso/a en causa de incapacidad; no se exige titulación académica.

Temario y programa

Bloque I: Temas generales 1. La Constitución española de 1978. Estructura general. Características esenciales y principios informadores. Derechos y deberes fundamentales. 2. La Organización Municipal: El Alcalde, El Pleno y la Junta de Gobierno Local. Sus competencias y funcionamiento. Las competencias de los Municipios. 3. El personal al servicio de la Administración Local. Concepto y clases. Derechos y deberes. Código de conducta. Régimen disciplinario. 4. La igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas públicas para la igualdad. Medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. Bloque II: Temas específicos 1. La atención a la ciudadanía: Principios que deben regir la atención a la ciudadanía. Derechos de la ciudadanía en su trato con las administraciones públicas. Las Oficinas de Atención al Ciudadano. 2. El registro de entrada y salida. Régimen de la notificación de documentos en las Administraciones Públicas. 3. El Ayuntamiento de Torrox. Órganos de Gobierno. Organización y áreas municipales. Localizaciones geográficas y características de las dependencias municipales. Localización geográfica en el municipio de Torrox de otras dependencias y servicios públicos dependientes de otras Administraciones y Entidades. 4. Prevención de riesgos laborales y protección de la seguridad y salud en el trabajo. Derechos y obligaciones del empresario y los trabajadores. Los delegados de prevención. el Comité de seguridad y salud. 5. Conceptos elementales de aritmética y práctica de operaciones de cálculo. Recomendaciones en el uso lenguaje administrativo relativas a ortografía: Abreviaturas, acentuación, mayúsculas, siglas, puntuación. 6. Ofimática. El manejo de fotocopiadora, escáner y maquinas de ofimática de uso habitual en las oficinas administrativas. Normas de uso y conservación. La Informática en la Administración Pública: gestión del correo electrónico, especialmente el programa Lotus Notes. 7. Notas generales del municipio de Torrox: Situación geográfica y población. 8. Patrimonio cultural y monumental de Torrox: principales monumentos, museos y teatros. Principales eventos: fiestas y festivales.

Información detallada

Edicto 3288/2026 - BOPMA BOPMA Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Edicto 3288/2026 NOTA IMPORTANTE: este texto se muestra aquí sólo con fines de consulta. Su original en formato PDF, publicado el día 31 de agosto de 2026, es el único que cuenta con validez a efectos legales. Puede descargarse desde el siguiente enlace: 20260831-03288-2026-01.pdf. Esc Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 167 Lunes, 31 de agosto de 2026 Página 45 ADMINISTRACIÓN LOCAL TORROX Anuncio Expediente número: 1891/2026. El Ayuntamiento de Torrox por Resolución de Alcaldía número 2026-0947 de fecha 13 de agosto de 2026, acordó aprobar las bases y la convocatoria para la provisión mediante el siste- ma de acceso por turno libre y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición y tramitación por urgencia de ocho plazas de funcionarios/as de carrera como Subalternos/as, de la plantilla de personal de este ayuntamiento, atendiendo a la OEP de este ayuntamiento para el año 2024 aprobada por Decreto de Alcaldía número 2024-1129, de 5 de julio de 2024 (Boletín Oficial de la Provincia 18 de julio de 2024). BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA Primera. Objeto de la convocatoria Es objeto de la presente convocatoria la provisión de ocho plazas de funcionarios de carre- ra y la creación de bolsa de trabajo, en la categoría de Subalternos/as, Escala de Administración General, Grupo “Otras agrupaciones profesionales”, vacantes en la plantilla de 2026, por el sis- tema de acceso turno libre, según la oferta de empleo público de este ayuntamiento para el año 2024, aprobada por Decreto de Alcaldía número 1129-2024 de fecha 5 de julio de 2024 (Boletín Oficial de la Provincia número 139 de 18 de julio de 2024). A través de la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia en los términos del artículo 33 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El procedimiento de selección será el concurso-oposición. Se opta por este sistema al con- siderar que la valoración exclusiva de conocimientos teóricos mediante oposición no permitiría apreciar adecuadamente la cualificación profesional exigida para el desempeño del puesto, ya que este exige destrezas prácticas, conocimientos específicos de mantenimiento y habilidades que un examen puramente teórico no puede medir por completo. La ponderación equilibrada entre fase de oposición y fase de concurso asegura el respeto a los principios de proporcionalidad y adecuación al perfil profesional requerido. Características de las plazas convocadas: Las funciones que tienen encomendadas son las recogidas en la descripción de cada puesto de trabajo incluido en la relación de puestos de trabajo, las propias de su cargo, debiendo reali- zar asimismo, todas aquellas tareas que, de acuerdo a su cualificación profesional, le sean enco- mendadas por su inmediato superior. Siendo igualmente el horario aquel que se corresponda con el puesto que le sea asignado de conformidad con la RPT, y la organización del servicio al que se adscriba. Las plazas de Subalterno/a tienen como finalidad prestar apoyo al normal funcionamiento de las instalaciones y servicios de los centros, desarrollando funciones de vigilancia, control de accesos, atención al público, colaboración con la dirección de los centros y ejecución de labores básicas de mantenimiento y conservación. Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 167 Lunes, 31 de agosto de 2026 Página 46 En consecuencia, se considera que las funciones propias del puesto serán las siguientes: – Vigilar los accesos, controlando la entrada y salida de personas y evitando el acceso de personas ajenas. – Atender las instrucciones del personal directivo en relación con el control de accesos, organización de actividades, realización de fotocopias, distribución interna de material, atención telefónica y práctica de notificaciones. – Organizar la mensajería interna, encargándose de recibir, transmitir y distribuir comuni- caciones y documentación entre los distintos profesionales y dependencias. – Conocer el estado y funcionamiento de las principales instalaciones, velando por su correcto uso y detectando posibles incidencias para garantizar la continuidad de los servicios. – Realizar labores básicas de mantenimiento y conservación del edificio, instalaciones y recintos anexos, efectuando pequeñas reparaciones y actuaciones de conservación que no requieran una cualificación profesional específica. – Ejecutar tareas de mantenimiento básico de instalaciones eléctricas de baja compleji- dad, incluyendo la reposición de lámparas, luminarias, mecanismos y otros elementos auxiliares. – Ejecutar tareas de mantenimiento básico de instalaciones de fontanería, aparatos sanita- rios, redes de saneamiento, sistemas de calefacción y demás elementos análogos. – Realizar trabajos de conservación y mantenimiento básico de elementos de carpintería metálica, carpintería de madera, cerraduras, puertas, ventanas y otros elementos cons- tructivos similares. – Llevar a cabo labores de conservación y mantenimiento de zonas exteriores y espa- cios públicos del centro, incluyendo jardines, arbolado, sistemas de riego, patios, pistas deportivas, campos de juego y demás instalaciones complementarias. – Mantener el orden, la limpieza y las condiciones adecuadas de seguridad en las depen- dencias y espacios donde desarrolle sus funciones. – Comunicar a sus superiores las incidencias, averías o deficiencias observadas que requieran actuaciones especializadas o contratación externa. – Realizar cuantas otras funciones de carácter análogo o complementario sean necesarias para el correcto funcionamiento del centro y resulten acordes con la naturaleza de la plaza y categoría profesional. Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes Podrán participar en los procesos todas aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, en el supuesto de acceso al empleo público de nacio- nales de otros Estados Miembros de la Unión Europea. b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubila- ción forzosa para el acceso al empleo público. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes al pues- to de trabajo objeto de estas bases. d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpo o escala de funcio- nario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 167 Lunes, 31 de agosto de 2026 Página 47 otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) No hallarse incurso/a en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente. f) Titulación académica: No se exige estar en posesión de ninguna titulación, de confor- midad con lo previsto en la disposición adicional sexta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Esta- tuto Básico del Empleado Público. Los interesados/as deberán reunir los requisitos de la presente convocatoria, de lo contra- rio quedarán automáticamente eliminados, una vez comprobada la documentación en la fase de acreditación de la misma que se efectuará terminado el proceso selectivo. Todos los requisitos exigidos en la presente cláusula deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. La convocatoria cumplirá el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la Constitución española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que el aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3 /2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, la Ley 15/2022, de 12 de julio, Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía y la Ley 9/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género de Andalucía. Tercera. Forma y plazo de presentación de las solicitudes 1. Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, tablón de edictos inserto en la sede electrónica, y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las bases generales que se adjuntan a este expediente para la plaza que se opte se ajustarán al modelo oficial que se acompaña a estas bases como anexo II dirigidas al señor Alcalde-Presidente de este ayuntamien- to, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles con- tados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción inter- na y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía. 2. Junto con la instancia los/as aspirantes deberán aportar la siguiente documentación: a) Copia del DNI. b) Justificante acreditativo de haber abonado las tasas de examen. Los derechos de exa- men se fijan en la cantidad de 25 euros (Ordenanza fiscal número 14). Los interesados podrán obtener el impreso de autoliquidación de las tasas por derecho de examen, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrox: https://torrox.sedelectro- nica.es/info.0, “Portal Tributario”, “Enlaces de interés”. Una vez accedido a este portal, deberá seleccionar el apartado “000037 - Derechos de examen”, indicándose en la casilla “Objeto por el que se liquida” el proceso selectivo que corresponda. La tarifa a seleccionar corresponderá con la de “0009-Examen E Cuotas Normales”. Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 167 Lunes, 31 de agosto de 2026 Página 48 El pago podrá efectuarse en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras con el Ayuntamiento de Torrox, es decir, CAJA RURAL DE GRANADA, SANTANDER, UNICAJA, CAJAMAR y CAIXABANK (este último solo para clientes), o a través de la banca electrónica, utilizando la opción de “Pago de impuestos” o bien “Pago de impuestos y tasas” y aportan- do los siguientes datos que aparecen en la carta de pago: Emisora, Mod (Modo), Referencia, Identificación e Importe. La tasa no será devuelta si la persona aspirante no realiza las pruebas. La falta de justi- ficación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión de el/la aspirante. Del mismo modo, no se considerará subsanable el pago de las tasas una vez finalizado el plazo de presentación de instancias. En ningún caso, el pago de la cantidad que corresponda en concepto de participación en procesos de selección de personal, supondrá la sustitución del trámite de pre- sentación en tiempo y forma. Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional sépti- ma de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes por la Alcaldía-Presidencia, se dictará resolución en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de aspi- rantes admitidos y excluidos y las causas de exclusión, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (en adelante BOP) y en el tablón de anuncios inserto en la sede electrónica de este ayuntamiento y, en la página web, para mayor difusión, señalando un plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones o subsanaciones de conformidad con el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas. No es defecto subsanable la falta de aportación de los documentos descritos en la base tercera. Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dichos defectos, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria. No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva de aspirantes admitidos/as-excluidos/as, incluso durante la celebración de las pruebas o en fase pos- terior, se advirtiere en las solicitudes y documentación aportada por los/as aspirantes inexactitud o falsedad que fuera causa de exclusión, esta se considerará defecto insubsanable, previa audien- cia del/de la interesado/a y se resolverá dicha exclusión. Finalizado el plazo de reclamaciones y subsanaciones y resueltas las mismas, la autoridad u órgano convocante elevará a definitivas las listas de admitidos y excluidos mediante resolu- ción que se publicará igualmente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios inserto en la sede electrónica de este ayuntamiento y, en la página web, para mayor difusión. Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos y se hará cons- tar el lugar y la fecha para el comienzo del primer ejercicio. Igualmente en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del tribunal. Salvo casos justificados en la propia resolución que apruebe las listas definitivas de per- sonas admitidas y excluidas, la fecha para el comienzo del primer ejercicio no podrá superar los tres meses desde su publicación. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco
Buscador de oferta pública de empleo

¿No encuentras tu oposición ideal?

Escribe funciones, requisitos, sueldo o lugar.

Ejemplos: administrativo madrid, policía local 5 plazas, auxiliar enfermería.

Calcular